LAICIDAD ES LIBERTAD, IGUALDAD Y DEMOCRACIA

 15 de febrero de 2021

Escribí este artículo a finales del año 2016 y me ha parecido pertinente retomarlo para el blog. Aunque los datos que doy son de hace algunos años, creo que siguen revelando perfectamente la situación actual. En aquel momento era portavoz de una confluencia de izquierdas denominada Ganemos, que se presentó por primera vez a las elecciones municipales en mayo de 2015 y obtuvo 7 concejales de un total de 21.

 

Hace unos meses Ganemos Tres Cantos presentó en el ayuntamiento una moción sobre laicidad en nuestro municipio, que no fue apoyada por ningún otro grupo municipal y que derivó en un artículo por parte de un concejal del PP que demostró ignorancia y una ideología de tiempos remotos por parte de su autor.

Empezaré por aclarar algunos conceptos. La laicidad es un ideal político que se extiende a todas las instituciones públicas. La característica que mejor la define es la separación entre Estado e Iglesias, cualquier Iglesia, diferenciando claramente entre el ámbito público y el ámbito privado, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las libertades individuales en régimen de igualdad. La laicidad es heredera de los principios de la Ilustración, que defendían la libertad y la igualdad de toda la ciudadanía. Quienes se oponen al laicismo o laicidad, están en contra de esta libertad e igualdad de todos y todas; realmente, se oponen a perder unos privilegios públicos que ostentan sin ninguna legitimidad.

De las palabras anteriores se deriva que el laicismo es indisoluble con la democracia. El laicismo camina de la mano con la democracia real, porque, como acabo de decir, los principios del laicismo son la libertad de conciencia y la igualdad de todos los ciudadanos y ciudadanos, que son los cimientos de la democracia. Se atenta contra la democracia cuando se conceden privilegios a una confesión religiosa en las instituciones públicas. Y no se puede tener una doble moral al respecto, no se puede denunciar (bien denunciado) el estado islámico, que supone regir un país con principios religiosos, y aplaudir y consentir la presencia y la injerencia de otras religiones en las instituciones públicas.  

La constitución española recoge en su artículo 16.3 que “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”, es decir, el estado español es aconfesional, pero sin embargo denota una cierta ambigüedad cuando en la segunda parte de este mismo artículo señala: “Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.”; dejando abierta la puerta a unas relaciones de cooperación, cuyo límite no está determinado, pero que de cualquier manera deberían entrar en contradicción con la primera parte del artículo, como ocurre en la realidad del estado español.

Además, la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, aprobada en 1980, vigente hoy en día, aún  está pendiente de una revisión que se ajuste a los principios laicos del Estado; ya que esta ley confirmaba los acuerdos de 3 de febrero de 1979, que prorrogaban y legitimaban las relaciones de cooperación entre el Estado español y la Santa Sede, herederos del concordato que Franco firmara con la Santa Sede en 1953 (aún vigente en la actualidad), que dotan a la Iglesia Católica de unos privilegios que son anticonstitucionales y que esta no parece dispuesta a perder bajo ningún concepto.

Son privilegios la concesión de dinero público a los colegios privados concertados religiosos, que suponen un 80% del total de los colegios privados concertados; el tratamiento que recibe la Religión dentro del currículo escolar, que gracias a la LOMCE ha vuelto a ser materia evaluable, es decir, que su calificación cuenta en la nota media del expediente académico, frente a otras como la nueva asignatura de la Comunidad de Madrid “Tecnología, Programación y Robótica” que no es evaluable. También es un privilegio que las autoridades públicas asistan como tales a los actos religiosos; y es, incluso, anacrónico que recientemente el presidente del gobierno, Mariano Rajoy, jure su cargo utilizando la Biblia y frente a un crucifijo.

No obstante, uno de los mayores privilegios de la Iglesia Católica es la cantidad de dinero que recibe del Estado, dinero público de todos los españoles, sean católicos o no. Según Europa Laica, en 2013 recibió 11.000 millones de euros, a través de subvenciones directas e indirectas y exención de tributos.

En este ámbito, se suele utilizar un argumento falaz en contra del laicismo, al confundir intencionadamente la labor social que realiza Caritas con la que realiza la Iglesia Católica. Los datos demuestran que la labor social de la ONG no se encuentra entre las prioridades de la jerarquía católica. El dinero que recibe la Iglesia cuando los ciudadanos marcan la casilla de Iglesia Católica al realizar la declaración de la renta se dedica a sostener su estructura, el culto y el clero, en contra de la creencia común de que, en su mayor parte, va a Cáritas. Y sin poner en duda la gran tarea social que realiza Cáritas, si existiese justicia social, el papel de la caridad debería ser casi inexistente.

En un artículo de El País del 15 de marzo de 2016 titulado: ¿A qué destina la Iglesia católica nuestro impuesto de la renta? La Conferencia Episcopal paga con el dinero público campañas contra el aborto, beatificaciones y la financiación de 13TV[1] podemos leer:Exactamente la misma cantidad que se destina a 13TV, seis millones de euros, es la que llega a Cáritas. Se trata de una aportación muy reciente. Hasta 2010, la Conferencia Episcopal no destinaba ninguna partida procedente del IRPF a la organización oficial de la Iglesia Católica en España para la acción caritativa y social. Desde entonces ha ido aumentando: en 2011 eran cuatro millones; en 2012, cinco.”

A los que defendemos el laicismo, a los que creemos que las creencias religiosas deben permanecer en el ámbito privado de las personas, estos privilegios nos parecen inadmisibles. También comparten esta opinión muchos católicos practicantes, entre los que se encuentran amigos personales, que no admiten y denuncian que la institución eclesiástica utilice su fe para crear desigualdades entre los ciudadanos en la escuela y en la sociedad, y como fuente de financiación. Son tan celosos y respetuosos con sus convicciones religiosas que no quieren que sean utilizadas para generar desigualdad social ni para formar una ciudadanía acrítica ni para financiar ninguna iglesia.

La laicidad respeta, garantiza la libertad de conciencia o libertad espiritual de todas las personas, al devolverla al ámbito privado. La laicidad no está en contra de la religión, pero sí de los privilegios de una determinada confesión religiosa frente a otras. Si el Estado ha de garantizar la libertad espiritual (que debe hacerlo), ninguna opción religiosa debe tener privilegios frente a las demás.

Para terminar, quiero recordar que el día 9 de diciembre se celebra Día Internacional del Laicismo y de la Libertad de Conciencia”. Se eligió este día porque el 9 de diciembre de 1905 se proclamó la ley francesa de “Separación del Estado de las religiones”, que se puede considerar como un hito mundial en el logro de la laicidad de las instituciones.  Además, en España este día tiene un valor añadido porque el 9 de diciembre de 1931, se proclamó la Constitución de la II República española, que apostaba claramente por el laicismo.